Todos los polígonos regulares convexos también son inscriptibles (para estrellados inscriptibles, se refiere a los vértices convexos). Hallar
dicha circunferencia supone trazar dos mediatrices, las correspondientes a dos
lados cualesquiera, para situar el centro (en estrellados, la cuerda de los lados). Lógicamente el radio será la distancia
del centro a cualquier vértice.
En el caso de los cuadriláteros irregulares, serán inscriptibles aquellos que tengan 2 de sus ángulos opuestos suplementarios entre sí, es decir, que sumen 180º.
En el caso de los cuadriláteros irregulares, serán inscriptibles aquellos que tengan 2 de sus ángulos opuestos suplementarios entre sí, es decir, que sumen 180º.
Todo polígono regular convexo tiene circunferencia inscrita. Todo triángulo también, pues todos tienen circunferencia inscrita, cuyo centro es el punto
notable incentro -hallado trazando dos bisectrices-, y el radio la distancia a
cualquier lado (perpendicular desde el centro). En los polígonos regulares, como coincide la intersección de las rectas notables mediatriz y bisectriz, las
circunferencias circunscrita e inscrita al polígono son concéntricas y la
diferencia de radio es la distancia al vértice o al lado, según el caso.
En cuanto tratamos con polígonos
irregulares tenemos unos que son inscriptibles en circunferencia y otros que
no, por lo que podemos hacer otra clasificación de polígonos según este
criterio.
Dado un polígono cualquiera,
podemos determinar si es inscriptible a partir de dos mediatrices, de dos lados
cualesquiera. Si obtenemos una circunferencia circunscrita válida para esos
lados y para el resto, es inscriptible, en caso contrario no lo es.
Circunferencias circunscrita e inscrita en polígonos
Guada, 2012
Actualizado en 2020
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